¿En qué parte de la Constitución se establece el Referendo?
El Artículo 22 de la Constitución establece como un Derecho de Ciudadanía el decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo. También en la Sección III, de Mecanismos Directos de Participación, el Artículo 203 establece las figuras del Referendo, Plebiscitos e Iniciativa Normativa Municipal. Asimismo el Título X que norma sobre el Sistema Electoral, establece en el artículo 208 que “Es un derecho y un deber de ciudadanas y ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir las autoridades del gobierno y participar en Referendos.
El Referendo es un derecho que deberá ser regido por una Ley votada en el Congreso. Pero es un derecho que nos asiste a todas y todos los ciudadanos.
¿Cómo podemos reformar la Constitución mediante el Referendo?
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